• Buena fe y lealtad procesal: existir un respeto constante, tanto entre las partes como entre los que forman parte de la administración de justicia, sean estos jueces(zas) o personal auxiliar o de apoyo. Se debe, pues, descartar todo acto que implique sufrimientos o incomodidades cuya generación podría ser tanto de las partes como de los(as) servidores judiciales. Estas molestias pueden ser psicológicas o físicas y en ambos casos deben ser desechadas.
Para Omar White Ward (Ward, 2008) estos principios tienen en cuenta el sistema procesal, bien si este es oral o escrito y señala al respecto estos:
• Principio de inmediación: La inmediación es la relación directa entre el(la) juzgador(a), las partes y las personas físicas o jurídicas de la prueba (testigos, peritos, etc.). El(la) juez(a) tiene relación directa con los elementos objetivos y subjetivos del proceso24. El(la) mismo(a) juez(a) que recibe la prueba es el que dicta la sentencia.