Competencia

Por competencia se puede entender “la forma como se distribuyen los asuntos atribuidos a los jueces de una misma especialidad, para tal efecto consagran las normas procesales un conjunto de reglas que tienen por finalidad sentar parámetros de cómo debe efectuarse aquella colocación” (Corte Suprema de Justicia, 2021). En este sentido, el legislador decide incluir según la ley y la doctrina, lo que se conoce como “factores de competencia”, manifestando los siguientes:

Factores

• Objetivo: Este factor es bíforo, pues puede surgir de la naturaleza del pleito o de la relación jurídica sustancial, caso en que se conoce como competencia por materia, o puede emerger del valor económico de dicha relación, caso en que se conoce como competencia por cuantía (Peña, 2011)

• Subjetivo: “Este factor tiene que ver con la calidad de los sujetos de la pretensión” (Peña, 2011). Es decir, cuando alguna de las partes dentro del proceso tiene alguna facultad o cualidad otorgada que le otorga cierta ventaja sobre su adversario o contraparte. En estos casos, se ve facultado el juez con categoría especial para resolver el pleito.