• Capacidad jurídica: “la aptitud de un sujeto para ser titular de derechos y obligaciones de carácter procesal” (Ward, 2008)

• Capacidad de actuar: “La aptitud de un sujeto para realizar por sí mismo actos procesales” (Ward, 2008)

• Legitimación: Es un presupuesto material, porque se relaciona con el derecho de fondo, y es necesaria para que una pretensión sea acogida en sentencia, es decir, para que prospere la demanda y en sentencia ésta se declare con lugar, de ahí que se puede afirmar que la legitimación se establece por una relación entre el sujeto y el objeto jurídico (Ward, 2008)

Los Terceros

“El concepto de tercero se desarrolla negativamente y se ha dicho que es todo aquel que no es “ni juez(a) ni parte” en el proceso. De ahí que los(as) peritos(as), los(as) abogados(as), los(as) ejecutores(as), los(as) testigos, los(as) auxiliares judiciales” (Ward, 2008)