Procedimiento Penal Abreviado

El Acto Legislativo 6 de 24 de noviembre de 2011, mediante el cual reformó el artículo 250 de la CPC, estableció la desmonopolización de la acción penal, facultando a la víctima, conforme a la especie del bien jurídico o a la afectación de la conducta punible (Const. 1991, art. 250, par. 2), el ejercicio de la acción penal. Con este soporte constitucional el legislador aprobó mediante la Ley 1826 de 2017 un proceso penal abreviado que coexiste, a partir del 12 de julio de 2017, con un proceso penal ordinario, mucho más complejo y extenso en comparación con el recién establecido, procedimiento especial en el que está facultada la fiscalía para autorizar a la víctima, a través de su abogado o el estudiante de derecho adscrito al consultorio jurídico, ejercer la acción penal.

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